El 8M en clave judicial: fallos paradigmáticos que cercenan derechos de mujeres y diversidades, un sistema de justicia sin perspectiva de género. Documento de CEPA (Centro de Economía Política Argentina). Conclusiones: la necesidad de una reforma judicial feminista.
El presente informe se propuso como objetivo aportar datos que grafiquen el estado de situación actual de las mujeres y diversidades en la órbita del Poder Judicial en Argentina y exponer una selección de sesenta (60) fallos judiciales ordenados por temática y en clave federal, que nos permiten dimensionar cómo se han sucedido resoluciones e intervenciones regresivas, en clave judicial, frente a casos de vulneración de derechos de mujeres, niñas y diversidades. Estas resoluciones, lejos de representar casos aislados, terminan constituyendo jurisprudencia y configurando el funcionamiento del sistema.
· A más de cuatro años de la
entrada en vigencia de la Ley Micaela, de capacitación obligatoria en
perspectiva de género para todos los agentes de los tres poderes del Estado, se
evidencian importantes resistencias por parte del Poder Judicial no sólo en el cumplimiento
de la ley, sino en su debida implementación. La Corte Suprema se negó a aceptar
la capacitación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad,
reivindicando su autonomía. En perspectiva federal, sólo cinco provincias
cuentan con más del 50% de su personal judicial capacitado en materia de
género: Córdoba (88%), Santa Cruz (65%), Formosa (61%), Tierra del Fuego e
Islas del Atlántico Sur (56%) y Misiones (52%). Este “atraso” impide la
efectiva transversalización de la perspectiva de género en el abordaje que
realizan defensoras/es, fiscalas/es y magistradas/os de las causas judiciales
que tramitan, por lo cual se perpetúan fallos patriarcales que desconocen las
desigualdades de género estructurales que existen.
· También resulta aún difícil
lograr que avancen las mujeres ocupando cargos jerárquicos en el mundo
judicial. En el año 2021 del plantel del Poder Judicial sólo el 31% de las
máximas autoridades son mujeres. Si observamos la totalidad de la pirámide
ocupacional, encontramos gran cantidad de mujeres en carrera para ocupar esos
cargos. Sin embargo, sus pares varones cuentan con el doble de chances de
convertirse en magistrados, procuradores, fiscales o defensores y 3,4 veces más
posibilidades de convertirse en máximas autoridades, con lo cual podemos
afirmar que operan los techos de cristal, esos mecanismos invisibles, sutiles,
no escritos y discriminatorios que impiden el acceso de las mujeres a lugares
de mayor jerarquía y poder.
Casos paradigmáticos:
· En lo que refiere al eje “Fallos que atacan los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos, de las mujeres y diversidades” los fallos analizados de la Provincia de Buenos Aires, San Juan y Córdoba, muestran las dificultades que presenta la aplicación de la Ley de IVE y la utilización, por parte de sectores conservadores, del sistema de justicia para intentar frenar los efectos de dicha ley, encontrando en la mayoría de los casos Juzgados y Cámaras dispuestas a desconocer el derecho humano de acceso a la salud sexual y (no) reproductiva. En la práctica, el Poder Judicial se inmiscuye en las facultades del Poder Legislativo, resolviendo en contra de lo que oportunamente se discutió, votó y resolvió en el Congreso de la Nación.
· En el eje “Fallos que
perpetúan las violencias en el fuero laboral”, el caso más resonante es aquel
de la Sala 2 de la Suprema Corte de Mendoza, que resolvió sin perspectiva de
género, en contra de una mujer que denunció a su jefe por acoso. Pero no es el
único: se computaron casos similares en los cuales no son tenidos en cuenta las
declaraciones de las víctimas, desconociendo el Convenio 190 de la Organización
Internacional del Trabajo, al cual Argentina ha adherido, que reconoce el
derecho a un ambiente laboral libre de violencia y acoso. Asimismo, se
desconoce la desigualdad de género que se profundiza en un contexto de
relaciones de poder jefe-trabajadora.
· En la dimensión “Fallos de
familia que vulneran los derechos de las mujeres, niños, niñas, adolescentes y
diversidades” resulta paradigmático el “Caso Arcoíris” como máxima expresión de
justicia patriarcal. En una causa de índole familiar, con varios juzgados
intervinientes, se vulneró el interés superior de la niña y, por ausencia de
perspectiva de género en el abordaje, se avanzó en la criminalización de la madre
de la pequeña. De este modo, la justicia patriarcal demuestra que cuando tiene
que optar entre los intereses de un varón, así sea acusado de abuso sexual
infantil, y los derechos de una niña y/o una mujer, continúa defendiendo los
primeros.
· “Cuando la violencia radica
en no decidir a tiempo y/o ignorar el reclamo de las víctimas”, es un eje donde
sobresalen el caso de Liz Funes y Paola Tacacho, quienes no fueron escuchadas
en sus diferentes denuncias, ni se tomaron medidas de protección a tiempo, lo cual
las expuso a casos fatales de femicidio. Desconociendo absolutamente la debida
diligencia, el Poder Judicial deja a las mujeres y diversidades libradas a su
suerte, en vez de protegerlas y garantizarles su derecho a una vida libre de
violencias.
· Por último, el eje “El
Poder Judicial criminaliza a las mujeres y diversidades” contiene diversos
casos. Uno de ellos es el de la periodista riojana Manuela Calvo, donde
sobresale la utilización del poder punitivo del Estado para perseguir y
aleccionar mujeres y disidencias. La criminalización en muchos casos tiene
consecuencias extremas como lo fue para Cristina Vázquez, quien estuvo durante
años presa por un crimen que no cometió, no se pudo reponer de tal injusticia y
terminó acabando con su vida. De este modo, el Poder Judicial no sólo
desprotege a las mujeres y diversidades, sino que además las expone a la
violencia institucional y a la persecución cuando no encajan con el modelo
tradicional de cómo deben ser y comportarse, ya sea por su orientación sexual,
su identidad de género, su deseo de no maternar o su determinación en luchar
por sus derechos. Esto último es especialmente palpable en los casos de Milagro
Sala y Cristina Fernández de Kirchner, con los efectos disciplinadores que
tiene para el resto de la dirigencia social y política.
·
La selección de casos analizada en el
informe revela que se requiere el fortalecimiento de la perspectiva de género
tanto en el texto de las sentencias como en cada una de las etapas e
intervenciones del proceso judicial. Existen consecuencias directas, originadas
en la falta de formación en género de funcionarios/as judiciales a la hora de
tomar decisiones, sobre los derechos de mujeres, niñeces, adolescencias y
diversidades. Cada vez que el sistema de justicia llega tarde, no solo incurre
en una violación de las normas de derechos humanos que gozan de jerarquía
constitucional en nuestro país, sino que además se constituye como reproductor
de la violencia institucional y de las desigualdades de género.
·
En los últimos días, se conoció un
documento titulado “Informe sobre violencias ejercidas contra Cristina
Fernández de Kirchner. El intento de magnicidio en su contra” que ella entregó
al Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do
Pará (MESECVI) de la Organización de Estados Americanos. De acuerdo al
documento, se sucedieron contra CFK una serie de actos de violencia política y
mediática a lo largo de los años, que tenían como objetivo cercenar sus
derechos políticos y civiles, basándose en aspectos que hacen a su condición de
mujer. En palabras textuales, “se tejió una alianza espuria, ilegal y mafiosa
entre medios de comunicación, sectores políticos y del poder real y ciertos
sectores muy poderosos del Poder Judicial, los que en perfecta coordinación
embistieron contra Fernández de Kirchner, su familia y sus funcionarios, una
feroz persecución política desde los estrados judiciales. Así se dio lugar a
una nueva forma de violencia política agravada por motivos de género: la
creación y multiplicación de causas penales disparatadas e inventadas en su
contra tuvieron como objetivo reducir y directamente eliminar sus derechos
políticos.” En este sentido, “Si de esta manera agreden y violentan a la mujer
que detentó los cargos políticos más importantes de la historia de nuestro país
y que trabajó activamente para revertir las desigualdades de género de nuestra
sociedad, empoderando y consagrando derechos para las mujeres y
diversidades, ¿Qué queda para el resto de las mujeres de Argentina que
deciden realizar su propia vida a partir de su independencia y empoderamiento?”.
También puede descargar el informe en este enlace (formato PDF).
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