Jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado ante ANSES.
ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano,
recuerda que jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado para
tramitar o percibir su prestación en su nombre. Para ello, es necesario que sus
datos y los de su grupo familiar estén registrados y actualizados en mi ANSES, para luego solicitar un turno y
concurrir con DNI y la documentación correspondiente a la oficina más cercana
al domicilio.
Para realizar trámites pueden ser apoderados el o la cónyuge, conviviente
previsional, madre o padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío,
primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra, padrastro, suegro, hijastro o
cuñado. Asimismo, puede nombrarse un representante especial por tiempo
determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
Para realizar el cobro, los titulares pueden elegir también como
apoderado a una entidad pública nacional, provincial o municipal; mutuales e
instituciones de asistencia social; así como abogados y procuradores.
En caso de residentes en el exterior, el poder puede otorgarse a
un banco -que cuente con la opción giro al exterior- para cobro de
la jubilación o pensión. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación
Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop
Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.
Para más información, ingresar aquí.
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