¿Sumaste una pileta el verano pasado? ¿Tiraste una pared para agrandar el living? Con estas preguntas el municipio de Vicente López te anuncia que ya podés regularizar los planos de tu casa.

“Si tenés obras o mejoras terminadas, que no se corresponden con los planos originales podés declararlas e iniciar el trámite de manera online, fácil y ágil. Tus planes van cambiando, tus planos también”, aseguran desde la municipalidad de Vicente López. 

Entre las preguntas frecuentes, que responden:

¿Qué es la ordenanza de regularización de construcciones? ¿En dónde puedo ver la ordenanza? ¿Cómo inicio el trámite? En la página de la ordenanza se puede iniciarlo de manera digital a través del Portal de Trámites.

El trámite consta de dos etapas:  

Etapa de admisión (modalidad online). Es la etapa en la que debés iniciar el trámite. Esta instancia es fundamental y paso obligatorio para acceder a la etapa de registro de planos.

Etapa de visado de planos (modalidad presencial). Es la etapa de evaluación técnica de los casos que hayan superado la etapa de admisión que realizará la autoridad competente. Es necesario incluir la constancia de admisión otorgada para ingresar al trámite. 

¿Qué pasa si no inició el trámite en la etapa de admisión? En este caso, queda fuera de la ordenanza.

¿Necesito contratar un profesional para iniciar el trámite? No, para iniciar el trámite (etapa de admisión) solo necesitás adjuntar fotos de la propiedad y lo que buscás regularizar.

¿Qué costo tiene el trámite? La etapa de admisión no tiene costo y se cumplimenta a través de una inspección técnica a la propiedad. Si cumplís con los requisitos descriptos en la Ordenanza, se otorga la viabilidad para dar continuidad al trámite y avanzar a la siguiente etapa.

En la etapa de visado de planos se aplicarán los costos de derechos de construcción establecidos en la Ordenanza N° 38.753/2025.

Si paso la etapa de admisión, ¿significa que voy a poder registrar mi plano?  No, la etapa de admisión es sólo la primera etapa y no está vinculada con el registro de planos. En la segunda etapa se realizará la evaluación técnica de los casos para poder realizar el visado de planos.

Si cumplís con las condiciones de admisión y pasás a la etapa 2 de visado de planos, tenés que contratar un profesional matriculado para presentar y firmar planos.

¿Si tengo una obra en ejecución o sin terminar, puedo aplicar? No, sólo aplican los casos que están 100% construidos.

¿Qué casos quedan excluidos? Los casos que quedan excluidos son los que violaron la clausura, construcciones que no estén finalizadas en su totalidad y otros casos previstos en la ordenanza.

Si tengo un trámite iniciado como trámite regular y tenía una construcción antirreglamentaria, ¿puedo continuar con ese trámite?  No, vas a tener que iniciar el trámite de admisión para aplicar a la ordenanza N° 38.753/2025. 

¿Cuál es el plazo para el registro del plano? El plazo es de 365 días hábiles a partir del 18 de febrero. Contando con la primera etapa cumplida se puede dar inicio a la etapa de registro.